AFAPREDESA

AFAPREDESA nace como respuesta civil a la lamentable situación de los derechos humanos, la incapacidad de defensa de los desaparecidos y torturados y de nuestra angustia como padres, hijos, esposas o hermanos ante la consecuencia de la invasión cívico-militar del Sáhara Occidental por Marruecos.
AFAPREDESA se constituyó el 20 de Agosto de 1989 en los Campamentos de refugiados de Tinduf. Es una Organización No Gubernamental saharaui de defensa de los Derechos Humanos, así reconocida por las leyes saharauis.
Es miembro observador de la Comisión Africana de Derechos Humanos y miembro de la Coalizacion Internacional para la protección de todas las personas contra las desapareciones forzadas.
Participa en el Consejo de Derechos Humanos de la ONU en Ginebra. También actúa ante el Parlamento Europeo.
AFAPREDESA ha sido proscrita por el gobierno marroquí, pero aún así continúa ejerciendo su actividad dentro del territorio ocupado.

miércoles, 25 de mayo de 2022

La Asociación de Familiares de Presos y Desaparecidos Saharauis (AFAPREDESA) celebra el Día Internacional de los Niños Desaparecidos

 



El mundo celebra el Día Internacional de los Niños Desaparecidos cada 25 de mayo desde 2001. En el Sáhara Occidental, decenas de niños han sido víctimas de desapariciones forzadas perpetradas por las fuerzas de ocupación marroquíes desde el 31 de octubre de 1975. Solo dos de ellos fueron hallados e identificados en una fosa común en 2013 en Fadret Laguia (Meheris): Bachir, de 16 años Salma Daf y Sidi Salec Salma, de 14 años)[1]. Habían sido detenidos y ejecutados por elementos de las Fuerzas Armadas Reales de Marruecos (FAR), el 12 de febrero de 1976, junto con otros 6 adultos, entre ellos dos titulares de DNI español:

1) Mohamed Abdalahe Ramdan (DNI español, A-4131099).

2) Mulud Mohamed Lamin (DNI español, A-4520032).

Todavía se desconoce el destino de los otros niños desaparecidos (ver listado adjunto), tanto para los casos en los que no se ha dado respuesta de las autoridades marroquíes como para aquellos cuya respuesta consiste en la alegación de muerte sin la menor prueba.

La Asociación de Familiares de Presos y Desaparecidos Saharauis (AFAPREDESA) se solidariza con todas las familias de niños desaparecidos y lanza un llamamiento urgente para el Reino de España (Potencia Administradora del territorio del Sáhara Occidental) y el Reino de Marruecos (Potencia Ocupante ) a actuar con prontitud para esclarecer los casos de niños saharauis desaparecidos a manos de las fuerzas marroquíes sobre la base de las confesiones contenidas en el informe del Consejo Nacional de Derechos Humanos publicado en 2010. Ambos Estados son partes de la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas, los Convenios de Ginebra y sus Protocolos Adicionales, así como numerosos tratados de derechos humanos, por lo que están sujetos a obligaciones de búsqueda y protección, en particular:

• Obligaciones de búsqueda y protección de lugares de enterramiento o fosas comunes.

• Buscar, recopilar e identificar los fallecimientos sin distinción ni discriminación alguna. Los restos humanos y cadáveres deben ser exhumados, recogidos, transportados, almacenados o enterrados temporalmente y repatriados.

• Identificar, marcar y preservar los sitios de entierro mediante información de una variedad de fuentes, especialmente altos funcionarios del gobierno, militares y civiles que puedan tener información sobre tumbas o fosas comunes.

• Se prohíbe el saqueo y la mutilación de los muertos. Todos los actos de mutilación y pillaje deben ser calificados como delitos. También deben establecerse sanciones penales por el incumplimiento de los lugares de enterramiento y la profanación de fosas o fosas comunes.

La investigación independiente y la justicia son parte del mecanismo de búsqueda de la verdad y deben garantizarse en estos casos. En Marruecos no se ha abierto ninguna investigación y en España la Audiencia Nacional en la causa por genocidio del pueblo saharaui dictó, el 9 de abril de 2015, la sentencia 1/2015 del juez Pablo Ruz para procesar 11 altos mandos militares y civiles marroquíes. En la investigación se reconoce que las víctimas son ciudadanos saharauis de nacionalidad española, estando el Sáhara Occidental aún bajo administración española.

El derecho a la justicia es inaplazable y los Estados interesados ​​deben asumir sus respectivas responsabilidades. Las autoridades marroquíes tienen la obligación de colaborar en la investigación de estos crímenes de lesa humanidad y genocidio, tal y como los define la Audiencia Nacional de España y los Convenios Internacionales pertinentes. Las autoridades españolas deben proceder a tomar las medidas necesarias para que la justicia pueda funcionar y realizar las investigaciones correspondientes.

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