España entrega y Marruecos condena:
El joven estudiante saharaui Husein Bachir Brahim (con nombre de Lahoucine
Amaadour impuesto por las autoridades coloniales marroquíes) ha sido condenado,
el 26 de noviembre de 2019, por un
tribunal ilegal marroquí à 12 años de cárcel. El juicio celebrado en Marrakech
el 26 de noviembre de 2019, después de un largo proceso repleto de irregulares
y que se había iniciado a raíz de su entrega, el 17 de enero de 2019, por parte
de las autoridades españolas sin el debido respeto a su condición de
solicitante de asilo político ni de su condición de habitante del territorio
non autónomo, bajo responsabilidad exclusiva del Estado Español.
Hechos:
Husein Bachir Brahim, de 28 años de edad, habitante del Aaiun (Sahara
Occidental), cursaba estudios superiores en la Universidad Ibn Zohr, en Agadir,
hasta el tercer año de derecho cuando se vio obligado a interrumpir los
estudios a causa de la persecución de las autoridades marroquíes. Husein Bachir
Brahim y otros estudiantes saharauis militaban por el respeto del derecho de
autodeterminación e independencia del Sahara Occidental dentro de las
universidades marroquíes. Reclamaban igualmente el derecho a la educación y
beneficiarse de los recursos naturales saqueados por las fuerzas coloniales.
En 2016, y después de la detención arbitraria de varios de sus compañeros
que conforman el grupo El Uali, y la emisión de un orden de búsqueda y captura
en su contra, Husein Bachir Brahim entró en la clandestinidad.
Después de tres años Husein Bachir Brahim llegó a Islas Canarias en una
patera, el 11 de enero de 2019. El mismo día es detenido por las autoridades
españolas y fue puesto a disposición judicial del juzgado de Instrucción número 4 de
Arrecife. Allí solicitó asilo político por temer por su vida, al ser activista
de Derechos Humanos y defensor de la autodeterminación del Sáhara Occidental. A
pesar de ello, el juzgado ordenó su ingreso en el Centro de Internamiento de
Extranjeros (CIE) de Hoya Fría, en Tenerife, el 14 de enero de 2019. Tres días
más tarde, Husein Bachir Brahim es entregado al reino de Marruecos. Hasta la
fecha, las autoridades españolas no han ofrecido ningún tipo de aclaraciones
sobre esta expulsión ni al Parlamento Europeo ni a las Cortes de España.
Ya en Marruecos, fue detenido primero en Nadour, hasta el 19 de enero de
2019, donde fue sometido a un primer brutal interrogatorio por las autoridades
marroquíes siendo sometido a malos tratos e insultos por su participación a
manifestaciones contra la ocupación marroquí. Se le considero separatista y
traidor a la nación. La mayoría de las preguntas se centraron en su actividad
política estudiantil, su posición respecto a la cuestión del Sahara Occidental
así como su relación con los activistas saharauis pro independencia. Trasladado
a Casablaca, el 19 de enero de 2019, Husein Bachir Brahim fue objeto de un
interrogatorio similar por parte de elementos de los servicios secretos
marroquíes. Al final de cada interrogatorio, se le presento declaraciones que
negó firmar por no estar preparadas de ante mano y no corresponder a sus
afirmaciones.
El 21 de enero de 2019, Husein Bachir Brahim fue presentado ante el Procurador
del Rey en Marrakech quien ordeno su ingreso a la cárcel de Oudaya, en Marrakech, donde
estaban detenidos varios de sus compañeros.
El 25 de enero de 2019, 7 de sus compañeros fueron puestos en libertad al
cumplir sus condenas, mientras que Husein y otros 4 permanecen detenidos en la
misma cárcel. Todos sufren malos tratos y falta de derechos básicos, como el
derecho a la salud y un trato digno. Sus familias sufren igualmente represarías
y han sido impedidas de visita en numerosas ocasiones. Husein y sus compañeros
llevaron a cabo varios huelgas de hambre para llamar la atención de la opinión
publica y la comunidad internacional.
Abogados e observadores internaciones han sido expulsados al intentar
acceder a Marruecos para asistir a los juicios impuestos por marruecos contra
los activistas y defensores de derechos humanos.
Después de 7 vistas en un juicio donde no se han respetado las mínimas
garantías de un proceso judicial justo, se anuncio la pena de 12 años de cárcel
en su contra.
Fundamentos:
PRIMERO.- El Sahara Occidental es un Territorio No Autónomo, sujeto a
descolonización, cuya potencia administradora de iure es España, a pesar que no
cumplir con sus obligaciones contempladas en los artículos 73 y 74 de la Carta
de las Naciones Unidas desde que se retiro en 1976. La situación actual del
Sahara Occidental es la de ser un territorio, en parte ocupado militarmente por
Marruecos, por lo que se aplica el Derecho Internacional Humanitario (DIH), así
como el Derecho Internacional de Derechos Humanos (DIDH). Por lo tanto todas
las violaciones del DIH y del DIDH recaen exclusivamente por omisión sobre el
Estado Español. El Estado Español
incumplió sus obligaciones respecto al Derecho Internacional Humanitario
contemplado en la Convención Internacional para los Refugiados así como sus
obligaciones hacia ciudadanos saharauis por su doble condición de españoles, ya
que el Sahara Occidental fue declarada provincia española y por habitantes de
un territorio no autónomo bajo administración de España de ieure, no de facto,
como lo confirman diferentes autos de la audiencia Nacional de España (ver Auto
1/2015 del Juez Pablo Ruz en el caso de la querella por Genocidio contra el
pueblo saharaui).
SEGUNDO.- Marruecos y España son parte de la mayoría de tratados o
convenios internacionales: los Convenios de Ginebra, el Protocolo Adicional I a
los Convenios de Ginebra; asimismo ambos son parte el Pacto Internacional de Derechos
Civiles y Políticos, de la Convención Contra la Tortura, del Protocolo
facultativo de la Convención contra la Tortura, de la Convención Internacional
para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas; en
cambio, si bien España es parte del Estatuto de Roma, Marruecos ha firmado pero sigue sin ratificar
dicho Tratado que tipifica los crímenes graves de genocidio y crímenes de
guerra. Ambos son parte igualmente del Convenio Internacional de los
Refugiados.
TERCERO.- El Derecho Internacional Humanitario es violado por parte de
Marruecos, especialmente el IV Convenio de Ginebra, así como el Protocolo Adicional
I, al hacer caso omiso de las obligaciones que dimanan de ellos, entre otras,
la obligación que emana del artículo 32 del IV Convenio por el que se prohíbe
la tortura; asimismo, incumple con la obligación que proviene del artículo 146
del mismo Convenio por el que se obliga a los Estados Partes a aplicar las
sanciones penales oportunas a la personas que hayan cometido torturas,
debiéndolas hacer comparecer ante los propios tribunales.
CUARTO.- Marruecos tortura, detiene arbitrariamente, hace desaparecer y
incluso ejecuta extrajudicialmente a los ciudadanos saharauis, hechos ampliamente
recogidos en los informes de AFAPREDESA,
ASVDH y CODESA, Amnistía Internacional, Consejo General de la Abogacía
Española; figuran igualmente en el informe del Relator contra la Tortura y en
el Auto de Procesamiento de altos cargos marroquíes por la Audiencia Nacional
Española. Los diferentes gobiernos de España siguen sin tomar su responsabilidad
en velar por la protección de los ciudadanos saharauis que siguen bajo su
responsabilidad jurídica.
QUINTO.- El Poder Judicial marroquí, que es el encargado de hacer cumplir
las leyes, se centra exclusivamente en la legislación marroquí, en violación del
DIH que prevé según el artículo 64 del IV Convenio de Ginebra que la
legislación penal del territorio ocupado seguirá vigente mientras dure la
ocupación o sea la legislación de la Republica Saharaui o al menos la legislación
de la Potencia Admnistradora de iure, es decir España.
SEXTO- La comunidad internacional,
ante la comisión graves violaciones de derechos humanos, de crímenes de lesa
humanidad y de crímenes de guerra por la comisión de detenciones arbitrarias, torturas
y desapariciones forzadas sigue sin responder de manera adecuada a pesar de
tener una misión en el territorio la MINURSO (Misión de Naciones Unidas para el
Referéndum en el Sahara Occidental) sin competencias en materia de Derechos
Humanos, inicialmente su mandato contemplaba “Garantizar la liberación de los
Presos Políticos”.
Demandas:
Al entregar al ciudadano saharaui Husein Bachir Brahim, España ha violado
su propia legislación y el DIH. Al no ofrecer ningún tipo de apoyo jurídico ni
acompañamiento consular, España ha fallido a su responsabilidad de Estado de
Derecho de un ciudadano bajo su administración de iure. Al no condenar las violaciones
sufridas por Husein Bachir Brahim, España se hace cómplice de dichas
violaciones. Por todo, ello:
La Asociación de Familiares de Presos y Desparecidos Saharauis (AFAPREDESA)
condena el gobierno de España por la entrega, la detención, la tortura y el
juicio ilegal llevado a cabo por Marruecos contra el estudiante saharaui Husein
Bachir Brahim. AFAPREDESA reclama al gobierno de España tomar las oportunas
medidas para la liberación inmediata e incondicional del ciudadano saharaui.
AFAPREDESA pide a las instituciones democráticas del Estado Español tomar
inciativas para que el gobierno aclare sus responsabilidad en la situación del
ciudadano saharaui Husein Bachir Brahim y actué ante las autoridades marroquíes
de ocupación para su liberación.
Campamentos de refugiados saharauis, a 28 de noviembre de 2019.