jueves, 28 de noviembre de 2019

Marruecos condena a 12 de cárcel al estudiante Husein Bachir Brahim entregado por el gobierno de España.




España entrega y Marruecos condena:



El joven estudiante saharaui Husein Bachir Brahim (con nombre de Lahoucine Amaadour impuesto por las autoridades coloniales marroquíes) ha sido condenado, el 26 de  noviembre de 2019, por un tribunal ilegal marroquí à 12 años de cárcel. El juicio celebrado en Marrakech el 26 de noviembre de 2019, después de un largo proceso repleto de irregulares y que se había iniciado a raíz de su entrega, el 17 de enero de 2019, por parte de las autoridades españolas sin el debido respeto a su condición de solicitante de asilo político ni de su condición de habitante del territorio non autónomo, bajo responsabilidad exclusiva del Estado Español.

Hechos:

Husein Bachir Brahim, de 28 años de edad, habitante del Aaiun (Sahara Occidental), cursaba estudios superiores en la Universidad Ibn Zohr, en Agadir, hasta el tercer año de derecho cuando se vio obligado a interrumpir los estudios a causa de la persecución de las autoridades marroquíes. Husein Bachir Brahim y otros estudiantes saharauis militaban por el respeto del derecho de autodeterminación e independencia del Sahara Occidental dentro de las universidades marroquíes. Reclamaban igualmente el derecho a la educación y beneficiarse de los recursos naturales saqueados por las fuerzas coloniales.  

En 2016, y después de la detención arbitraria de varios de sus compañeros que conforman el grupo El Uali, y la emisión de un orden de búsqueda y captura en su contra, Husein Bachir Brahim entró en la clandestinidad.

Después de tres años Husein Bachir Brahim llegó a Islas Canarias en una patera, el 11 de enero de 2019. El mismo día es detenido por las autoridades españolas y fue puesto a disposición judicial  del juzgado de Instrucción número 4 de Arrecife. Allí solicitó asilo político por temer por su vida, al ser activista de Derechos Humanos y defensor de la autodeterminación del Sáhara Occidental. A pesar de ello, el juzgado ordenó su ingreso en el Centro de Internamiento de Extranjeros (CIE) de Hoya Fría, en Tenerife, el 14 de enero de 2019. Tres días más tarde, Husein Bachir Brahim es entregado al reino de Marruecos. Hasta la fecha, las autoridades españolas no han ofrecido ningún tipo de aclaraciones sobre esta expulsión ni al Parlamento Europeo ni a las Cortes de España.

Ya en Marruecos, fue detenido primero en Nadour, hasta el 19 de enero de 2019, donde fue sometido a un primer brutal interrogatorio por las autoridades marroquíes siendo sometido a malos tratos e insultos por su participación a manifestaciones contra la ocupación marroquí. Se le considero separatista y traidor a la nación. La mayoría de las preguntas se centraron en su actividad política estudiantil, su posición respecto a la cuestión del Sahara Occidental así como su relación con los activistas saharauis pro independencia. Trasladado a Casablaca, el 19 de enero de 2019, Husein Bachir Brahim fue objeto de un interrogatorio similar por parte de elementos de los servicios secretos marroquíes. Al final de cada interrogatorio, se le presento declaraciones que negó firmar por no estar preparadas de ante mano y no corresponder a sus afirmaciones.

El 21 de enero de 2019, Husein Bachir Brahim fue presentado ante el Procurador del Rey en Marrakech quien ordeno su ingreso  a la cárcel de Oudaya, en Marrakech, donde estaban detenidos varios de sus compañeros.

El 25 de enero de 2019, 7 de sus compañeros fueron puestos en libertad al cumplir sus condenas, mientras que Husein y otros 4 permanecen detenidos en la misma cárcel. Todos sufren malos tratos y falta de derechos básicos, como el derecho a la salud y un trato digno. Sus familias sufren igualmente represarías y han sido impedidas de visita en numerosas ocasiones. Husein y sus compañeros llevaron a cabo varios huelgas de hambre para llamar la atención de la opinión publica y la comunidad internacional.

Abogados e observadores internaciones han sido expulsados al intentar acceder a Marruecos para asistir a los juicios impuestos por marruecos contra los activistas y defensores de derechos humanos. 

Después de 7 vistas en un juicio donde no se han respetado las mínimas garantías de un proceso judicial justo, se anuncio la pena de 12 años de cárcel en su contra.

Fundamentos:

PRIMERO.- El Sahara Occidental es un Territorio No Autónomo, sujeto a descolonización, cuya potencia administradora de iure es España, a pesar que no cumplir con sus obligaciones contempladas en los artículos 73 y 74 de la Carta de las Naciones Unidas desde que se retiro en 1976. La situación actual del Sahara Occidental es la de ser un territorio, en parte ocupado militarmente por Marruecos, por lo que se aplica el Derecho Internacional Humanitario (DIH), así como el Derecho Internacional de Derechos Humanos (DIDH). Por lo tanto todas las violaciones del DIH y del DIDH recaen exclusivamente por omisión sobre el Estado Español.  El Estado Español incumplió sus obligaciones respecto al Derecho Internacional Humanitario contemplado en la Convención Internacional para los Refugiados así como sus obligaciones hacia ciudadanos saharauis por su doble condición de españoles, ya que el Sahara Occidental fue declarada provincia española y por habitantes de un territorio no autónomo bajo administración de España de ieure, no de facto, como lo confirman diferentes autos de la audiencia Nacional de España (ver Auto 1/2015 del Juez Pablo Ruz en el caso de la querella por Genocidio contra el pueblo saharaui).

SEGUNDO.- Marruecos y España son parte de la mayoría de tratados o convenios internacionales: los Convenios de Ginebra, el Protocolo Adicional I a los Convenios de Ginebra; asimismo ambos son parte el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, de la Convención Contra la Tortura, del Protocolo facultativo de la Convención contra la Tortura, de la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas; en cambio, si bien España es parte del Estatuto de Roma,  Marruecos ha firmado pero sigue sin ratificar dicho Tratado que tipifica los crímenes graves de genocidio y crímenes de guerra. Ambos son parte igualmente del Convenio Internacional de los Refugiados.

TERCERO.- El Derecho Internacional Humanitario es violado por parte de Marruecos, especialmente el IV Convenio de Ginebra, así como el Protocolo Adicional I, al hacer caso omiso de las obligaciones que dimanan de ellos, entre otras, la obligación que emana del artículo 32 del IV Convenio por el que se prohíbe la tortura; asimismo, incumple con la obligación que proviene del artículo 146 del mismo Convenio por el que se obliga a los Estados Partes a aplicar las sanciones penales oportunas a la personas que hayan cometido torturas, debiéndolas hacer comparecer ante los propios tribunales.

CUARTO.- Marruecos tortura, detiene arbitrariamente, hace desaparecer y incluso ejecuta extrajudicialmente a los ciudadanos saharauis, hechos ampliamente recogidos en  los informes de AFAPREDESA, ASVDH y CODESA, Amnistía Internacional, Consejo General de la Abogacía Española; figuran igualmente en el informe del Relator contra la Tortura y en el Auto de Procesamiento de altos cargos marroquíes por la Audiencia Nacional Española. Los diferentes gobiernos de España siguen sin tomar su responsabilidad en velar por la protección de los ciudadanos saharauis que siguen bajo su responsabilidad jurídica.

QUINTO.- El Poder Judicial marroquí, que es el encargado de hacer cumplir las leyes, se centra exclusivamente en la legislación marroquí, en violación del DIH que prevé según el artículo 64 del IV Convenio de Ginebra que la legislación penal del territorio ocupado seguirá vigente mientras dure la ocupación o sea la legislación de la Republica Saharaui o al menos la legislación de la Potencia Admnistradora de iure, es decir España.

 SEXTO- La comunidad internacional, ante la comisión graves violaciones de derechos humanos, de crímenes de lesa humanidad y de crímenes de guerra por la comisión de detenciones arbitrarias, torturas y desapariciones forzadas sigue sin responder de manera adecuada a pesar de tener una misión en el territorio la MINURSO (Misión de Naciones Unidas para el Referéndum en el Sahara Occidental) sin competencias en materia de Derechos Humanos, inicialmente su mandato contemplaba “Garantizar la liberación de los Presos Políticos”.

Demandas:

Al entregar al ciudadano saharaui Husein Bachir Brahim, España ha violado su propia legislación y el DIH. Al no ofrecer ningún tipo de apoyo jurídico ni acompañamiento consular, España ha fallido a su responsabilidad de Estado de Derecho de un ciudadano bajo su administración de iure. Al no condenar las violaciones sufridas por Husein Bachir Brahim, España se hace cómplice de dichas violaciones. Por todo, ello:

La Asociación de Familiares de Presos y Desparecidos Saharauis (AFAPREDESA) condena el gobierno de España por la entrega, la detención, la tortura y el juicio ilegal llevado a cabo por Marruecos contra el estudiante saharaui Husein Bachir Brahim. AFAPREDESA reclama al gobierno de España tomar las oportunas medidas para la liberación inmediata e incondicional del ciudadano saharaui. AFAPREDESA pide a las instituciones democráticas del Estado Español tomar inciativas para que el gobierno aclare sus responsabilidad en la situación del ciudadano saharaui Husein Bachir Brahim y actué ante las autoridades marroquíes de ocupación para su liberación.



Campamentos de refugiados saharauis, a 28 de noviembre de 2019.   

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